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Reglamento

Reglas Para Arrendatarios

1. Favor de estacionarse únicamente en el cajón asignado. (Solo un vehículo por Condominio)
2. No se permiten menores de 12 años en el Jacuzzi.
3. Máximo 2 mesas a utilizarse en el Área de Patio.
4. NO SE PERMITE A USUARIOS QUE RENTEN CONDOMINIOS TENER INVITADOS. DEBERAN REGISTRAR EN CASETA LOS OCUPANTES. SEGURIDAD DESEALOJARA A TERCEROS.
5. No se permite introducir envases de vidrio en el área de alberca y Jacuzzi.
6. Están disponibles sombrillas para utilizarse en el área de la alberca. Solicitarla al personal/seguridad.
7. Utilizar únicamente la puerta de acceso a la Playa. No saltar sobre la puerta ni subir por el talud.
8. Los asadores propiedad de Playa Blanca sólo pueden utilizarse en las áreas asignadas.
9. La Administración de Playa Blanca podrá negar el acceso a las instalaciones a aquellas personas que no cumplan estas reglas o en su caso solicitar que abandonen la propiedad.
10. Se requiere utilizar la regadera al regresar de la playa y antes de utilizar la alberca. La regadera se encuentra en el área de baños.
11. No se permite estacionar un vehículo detrás de otro en un cajón asignado.
12. No se permite el uso de bicicletas, patines ni patinetas de cualquier índole en las instalaciones ni áreas comunes.
13. No se permite correr en el área de alberca.
14. Niños menores de 12 años deben estar siempre acompañados de un adulto en las áreas comunes.
15. NO SE PERMITEN MASCOTAS en ningun lugar de Playa Blanca
16. Favor de NO colgar ropa/toallas en los balcones.
17. Niños hasta 3 años deberán usar pañal desechable para piscina. Aplicará multa de $200 Dlls por incidente.
18. No se permiten a los arrendatarios juntarse con arrendatarios de otro condominio para ningun evento, fiesta, o celebración en las areas comunes “SIN EXCEPCION”.

GRACIAS POR SU VISITA Y DISFRUTE SU ESTANCIA EN “PLAYA BLANCA”.


Reglas Para los Condominos

FAVOR DE VISITAR "ACESSO DUENO" PARA UNA LISTA ACTUALIZADA Y COMPLETA DEL REGLAMENTO


Reglamento De Invitados "DUENOS"


PLAYA BLANCA 2008 VERSION 6/28/2008

Número de invitados permitidos por condominio: Diez (10) por días incluyendo los propietarios del condominio. Los Propietarios no podrán usar los derechos de otros propietarios para agregar invitados adicionales a su reunión. Únicamente el propietario del condominio y sus invitados personales ocupando el condominio son considerados invitados. El uso de los derechos de otro propietario resultará en multa. Los Propietarios que requieren invitados adicionales para Eventos a ser llevados a cabo entre los días Lunes y Jueves el criterio establecido en el inciso 4) a continuación.
Nota: Para evitar malos entendidos de la interpretación de las reglas, favor de revisar todos los requisitos con la administración. (Páginas 27 sección 13 y Página 38 artículo 2do. Anterior libro de clarificaciones necesario debido a la presente regla)

(Actualizado Agosto de 2009) A los condóminos se les permiten 10 personas por unidad de condominio. Cuando se contratan servicios de terceros externos, como meseros o cocineros, se les permitirá un máximo de 4 empleados contratados por evento. Los meseros/cocineros son en adición a las 10 personas. Todos los empleados externos deberán registrarse a la entrada.

Acceso: Todos los invitados deben tener llaves de acceso físico para los accesos de la playa y del condominio, junto con una carta firmada por el propietario del condominio. La carta DEBERÁ ser presentada a los guardias de seguridad y/o administración antes de que se le permita acceso a la propiedad. El uso del número de condominio o el nombre del propietario NO son medios de acceso. El uso de las áreas comunes, baños, alberca, jacuzzi, etc solo son permitidos sin los invitados gozan del acceso adecuados. Los invitados sin llaves, carta o acceso a una unidad se les solicitará que se alejan del desarrollo. Si no se van, se les aplicará una multa por la cantidad $250.00 (Ver reglas de multas) a los propietarios que los hayan invitado sin acceso adecuado o permitido el uso del condominio por medio de uso de nombre o número de unidad únicamente. (Páginas 27 sección 13 Página 29 sección 26 y Página 30 sección 34)

Definición de Propietario: Una persona que tiene su carácter de propietario registrado con la administración del condominio. Los Arrendatarios no son considerados Propietarios. Deben cumplir con las reglas de la Asociación de Condóminos. Los no Propietarios no asistirán a las Asambleas de Condóminos, mucho menos votar. (Libro anterior Página 27 sección 8)


Estacionamiento: Cada condominio se le otorga un cajón de estacionamiento. Debido al número limitados de cajones de estacionamiento para invitados (13), los invitados no podrán usar los cajones de estacionamiento de otros propietarios sin permiso, por escrito, registrado con la administración y los guardias. Los Permisos de Estacionamiento deberán estar visibles en todo momento. (Libro Anterior Página 29 sección 24)

Reglas de Estacionamiento - “Modificadas” Agosto 2009

A los condóminos se les permite un máximo de 4 vehículos en el complejo, si hay lugar disponible. Cajones de estacionamiento adicionales pueden estar disponibles si se hacen ciertas gestiones previas con nuestra Administradora.

A los arrendatarios se les permite 1 vehículo dentro del complejo. Cajones de estacionamiento adicionales estarán disponibles afuera y frente al Complejo.

Los arrendatarios de largo plazo (4 meses o más) tienen los mismos privilegios de estacionamiento que los condóminos.


Casa Club. Antes de llevarse a cabo cualquier evento En La Casa Club, la administración, hará mención y librará dudas de las reglas. Se les proporcionará una descripción por escrito, incluyendo tipo de evento, ubicación y fecha del evento, nombres y número de invitados. En tal momento se le entregará una factura o recibo oficial. El pago correspondiente se deberá hacer por anticipado del evento. Copias de tu recibo detallado se les proporcionará a los guardias. Cada invitado deberá tener una carta del propietario para presentar a los guardias para lograr el acceso al evento. (Libro Anterior Página 39 artículo 6, 7 , ver artículo 12 y 13) (Páginas 27 se4cción 13 Página 30 sección 34 Página 40 artículo 7)

1. Casa Club: Los Propietarios podrán arrendar La Casa Club para eventos (la alberca, el patio y demás áreas comunes no podrán ser arrendadas) los días de Lunes a Jueves. Setenta y cinco personas pueden asistir, que incluye al propietario y la cuota diaria permitida de diez (10) invitados diarios. Esto es para el uso del llamado Casa Club exclusivamente. Eventos pequeños en la Casa Club de diez (10) o menos (incluye al propietario y la cuota diaria permitida de diez (10) invitados diarios) pueden usar La Casa Club en cualquier momento de Lunes a Jueves. Cobro por aseo de $30.00 por día para eventos pequeños. Cobro por uso de la Casa Club para grupos de once (11) a setenta y cinco (75) personas es por la cantidad de $200.00 diarios. Pago y autorización requerido, previo pago a la administración. Los invitados deberán tener cartas de acceso para presentar a la administración y/o guardias para obtener acceso al inmueble.
(Libro Anterior Página 39 artículo 6)
2. Estacionamiento: Para todos los eventos es fuera del inmueble. Tenemos número limitado de cajones de estacionamiento para los propietarios trece (13).
3. Excepción en caso de eventos: En la Casa Club o áreas comunes en los días Viernes para grupos mayores / menores: Con permiso de la administración y el Consejo de Condóminos, eventos para Propietarios podrán ser llevados a cabo en Viernes. Salvo en caso de temporada alta / meses de verano y demás días festivos, tanto mexicanos como americanos, cuando el inmueble está muy ocupado.
4. Definiciones de Reglas de Mascotas: No se permiten mascotas de cualquier tipo en las unidades o dentro del inmueble en general. Los propietarios deben ser responsables frente a los arrendatarios e invitados. Si se descubren mascotas dentro de una unidad de un propietario o arrendatario, al propietario de la unidad se le impondrá una multa por la cantidad de $50.00. Los guardias solicitarán que las mascotas sean removidas del inmueble. (Reglamento Anterior Página #28 sección 16)
5. Excepción de la Regla de Mascotas: Si un propietario tiene animales de servicio, podrán tener mascotas únicamente en su unidad. Las mascotas no se le permitirá acceso a las áreas comunes, áreas verdes ni a los jardines por cualquier motivo. Los animales de servicio deberán tener los documentos apropiados con una carta de un doctor apoyando la necesidad del propietario de tener a dicho animal de servicio por motivos médicos. Dicha carta y los documentos del animal de servicio deberán estar registrados con la administración y serán considerados confidenciales.
6. Recreación en Áreas Comunes: Propietarios, visitas, niños deberán abstenerse de ciertas actividades excesivas como son el uso de patineta, bicicleta y demás medios similares en las banquetas, calles, estacionamientos, patios de alberca, o área de alberca. La administración y la asociación de condóminos no se harán responsables por accidentes que ocurren en estas áreas. (Libro anterior Páginas 28 & 39 sección 22 y artículo 5)


LISTADO DE COBROS

LUNES A JUEVES



Eventos Exclusivos de Clubhouse:

11 a 75 $200.00


0 a 10 Cobro de Aseo $30.00



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